MEMORIA DE GESTIÓN ANUAL 2015 - page 155

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Memoria de Gestión Anual
COP 2015
Nueva Normat i va
La Asesoría Jurídica hace un seguimiento de reformas normativas
para, en su caso, formular propuesta de mejora y si procede,
alegaciones y recursos en orden a asegurar los intereses de la
profesión y los derechos de los colegiados.
Durante el año 2015 se han valorado distintos proyectos normativos
y el Consejo General de la Psicología ha formulado alegaciones y
consideraciones a los siguientes proyectos normativos:
w
Proyecto de Orden por la que se desarrolla el Real
Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el
Registro Estatal de Profesionales Sanitarios. Se formulan
alegaciones en abril de 2015.
w
Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las
bases generales sobre autorización de centros, servicios
y establecimientos sanitarios y se determinan los
requisitos mínimos comunes para su autorización Se
formulan alegaciones con fecha 31 de julio de 2015.
w
Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los
registros públicos de profesionales de los Consejos
Generales de los Colegios Oficiales de las profesiones
sanitarias. Se formulan alegaciones con fecha 9 de
septiembre de 2015.
w
Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el
Reglamento de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas y
se implementan otras medidas en desarrollo del Estatuto
Jurídico de la Víctima del delito. Se formulan alegaciones
con fecha 15 de septiembre de 2015.
w
Proyecto de Real Decreto por el que se fijan criterios
homogéneos de baremos en fases de concurso en
procesos de provisión de plazas de personal estatutario.
Se formulan alegaciones con fecha 4 de enero de 2016.
En este año el Gobierno aprobó la
Ley 35/2015, de 22 de
septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños
y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
.
El Consejo General propuso en fase de enmiendas, durante la
tramitación parlamentaria de la Ley 35/2015, la introducción de
ciertas referencias en las Tablas de valoración de daños en
relación a la Psicología Clínica, en concreto al “Anexo: Tabla 2.A.1,
apartado B) 1. Trastornos Neuróticos”. La Justificación en este
sentido era evidente: “En coherencia con el reconocimiento del
derecho a un tratamiento psicológico del artículo 36.3, se incluye a
los psicólogos clínicos entre los especialistas habilitados para
diagnosticar y tratar trastornos neuróticos”. Finalmente y en el
texto aprobado de la Ley se incluyó en la Tabla 2.A.1, apartado B)
a la “Psicología Clínica” y, en consecuencia, se contempló junto
con el seguimiento por especialista en Psiquiatría, el realizado por
especialista en Psicología Clínica en los apartados 1, sobre
“Trastornos neuróticos”, 2, “Trastornos permanentes de humor” y
3, referido a las “Agravaciones”.
Asimismo, este año el Gobierno aprobó el
Acuerdo de fecha 4 de
septiembre de 2015, por el que se determina el nivel de
correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones
para la Educación Superior (MECES) del Título Universitario
Oficial de Licenciado en Psicología
, equiparado al nivel 3 del
MECES y al nivel 7 del marco europeo de cualificaciones (EQF, por
su siglas en ingles). El Gobierno también anunció la retirada del
proyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales, proyecto
sobre el que se han realizado diferentes alegaciones.
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